Etapa05
Procedimiento a seguir de acuerdo con las inconsistencias detectadas y RETORNO de las mercancías
Para el caso de importaciones y dependiendo del riesgo zoosanitario, la Secretaría podrá determinar el procedimiento de guarda-custodia cuarentena con cargo al importador y en caso de existir un riesgo superveniente, dejar sin efecto la certificación expedida y ordenar al importador el retorno, acondicionamiento o destrucción de las mercancías reguladas dependiendo del riesgo zoosanitario.
Errores físicos

Etiquetado incorrecto

Errores en la certificación

Defectos críticos o anomalías físicas del producto

Errores por parte del Agente Aduanal

Procedimiento para retornar a los Estados Unidos de Norteamérica las mercancías rechazadas
Proceso para el retorno de productos certificados por el FSIS para exportación a México que han sido rechazados y retornados a Estados Unidos de América
https://www.fsis.usda.gov/inspection/import-export/export-guidance Dar click en Export Products Return.
Además de llenar el formulario (FSIS 9010-1),
https://www.fsis.usda.gov/sites/default/files/2020-08/FSIS-9010-1.pdf
"Solicitud de devolución de productos exportados a los Estados Unidos" (PDF autorrellenable), y enviarlo mediante un correo electrónico a la siguiente dirección: USReturnedExports@fsis.usda.gov
El usuario deberá proveer las respuestas a las preguntas del FSIS:
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¿Cuáles son las circunstancias que requieren el regreso?
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¿Cuál es el estado de los productos y su embalaje?
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¿Cuánto tiempo lleva el producto fuera de EE. UU.?
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¿Dónde ha estado el producto desde que se exportó desde EE. UU.?
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¿En qué condiciones se ha conservado el producto, incluidos registros de temperatura, si corresponde?
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¿Cuál ha sido la cadena de propiedad del producto?
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¿El producto alguna vez fue abandonado o sujeto a posible actividad criminal como robo o allanamiento?
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¿El producto está etiquetado de conformidad con las regulaciones de EE. UU.?
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¿Un gobierno extranjero denegó la entrada al producto y, en caso afirmativo, cuáles fueron las circunstancias detrás de la denegación? El solicitante debe proporcionar una copia de toda la documentación emitida por el gobierno extranjero con respecto a la notificación oficial de entrada denegada y el análisis de laboratorio (si corresponde).
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¿Está el producto en su embalaje original? ¿Se ha abierto alguno de los contenedores exteriores (por ejemplo, caja de cartón, paquete o combo, tal como se envía desde los EE. UU.)?
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¿Ha entrado el producto al comercio en el país extranjero?
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¿Se sacó alguna vez el producto del contenedor de carga original?
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¿Está intacto el sello original de EE. UU.?
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¿Existe algún problema específico de seguridad alimentaria asociado con la devolución de este producto?
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¿Cuáles son las intenciones del solicitante con el producto después de su devolución (y de que se hayan cumplido los requisitos de EE. UU.)?
Si el solicitante proporciona la información anterior con su presentación original, puede acelerar la capacidad de RMTAD-IO para tomar su determinación.
Si se requiere una nueva inspección, RMTAD-IO informará al solicitante, quien coordinará un plan de examen con el establecimiento oficial designado del FSIS donde se realizará la reinspección y la Oficina de Distrito (DO) correspondiente. Una vez que el DO haya aceptado el lugar de la reinspección, RMTAD-IO informará al solicitante que el envío puede proceder al establecimiento designado para la reinspección. El personal de inspección del FSIS en el establecimiento oficial volverá a inspeccionar el producto, incluida la toma de las muestras necesarias, para determinar si no está adulterado o mal etiquetado y si no hay manipulación del producto. El DO informará los resultados de la reinspección a RMTAD-IO.
Nota: El producto será retenido si ha sido adulterado o mal etiquetado. La aprobación para la liberación al comercio se indicará en la solicitud (formulario FSIS 9010-1), que se transmitirá al solicitante desde RMTAD-IO.
Para obtener más información sobre la devolución de productos cárnicos, avícolas o de huevo exportados de EE. UU., las partes interesadas deben comunicarse con el FSIS en USReturnedExports@usda.gov.
Si el solicitante proporciona la información anterior con su presentación original, puede acelerar la capacidad del FSIS para tomar una decisión.
Si el FSIS acepta que las mercancías ingresen nuevamente a territorio de los Estados Unidos de Norteamérica las mercancías se sujetarán a una reinspección.